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El  Alcalde Carlos Ordosgoitia sancionó acuerdo que otorga beneficios en el pago de impuestos, tasas, contribuciones y multas



Tres plazos para acceder a descuentos en intereses y sanciones de impuestos, tasas, contribuciones y multas de vigencias anteriores.



Los descuentos aplican para los impuestos Predial, Industria y Comercio y multas de tránsito impuestas en Montería.



El alcalde de Montería, Carlos Ordosgoitia Sanín sancionó el Acuerdo N. 002 del 2021 del Concejo Municipal, que concede beneficios tributarios a los monterianos por medio de descuentos en el pago de intereses de mora y sanciones de impuestos, tasas, contribuciones y multas de vigencias anteriores. 



La secretaria de Hacienda, Mónica Haddad, invita a todos los contribuyentes a aprovechar estos beneficios tributarios que se dan como medida de apoyo a la reactivación económica producto de la crisis causada por la pandemia COVID-19. “Con el aporte de los ciudadanos podemos contribuir a que la economía se reactive a través de las obras que el municipio financia con sus impuestos”.



DESCUENTOS

Los contribuyentes que paguen hasta el 30 de junio, podrán acceder al descuento del 80% de los intereses de mora y sanciones. Quienes paguen entre el 1º de julio y el 29 de octubre, se le aplicará un descuento de un 40% de los intereses y sanciones y, aquellos que realicen el pago entre el 30 de octubre y el 31 de diciembre, tendrán un descuento del 20% de los intereses y sanciones. 


Los beneficios aplican sobre los siguientes tributos y multas: 

Multas de tránsito impuestas en Montería 

Impuesto Predial Unificado 

Sobretasa Bomberil

Impuesto de Industria y Comercio

Impuesto de Alumbrado Público

Sobretasa a la Gasolina Motor

Impuesto de Circulación y Tránsito de Vehículos de Servicio Público

Impuesto a la Publicidad Exterior Visual

Impuesto de Degüello de Ganado Menor

Impuesto de Juegos y Azar

Impuesto de Espectáculos Públicos 


NO aplican para:


Multas por alcoholemia o por conducir bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Multas por infracciones de las normas del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y decretos del orden nacional a fin de contener la pandemia de la Covid-19, las cuales tienen los beneficios, especialmente, previstos en la Ley 2069 de 2020.



Los contribuyentes que se acogieron al diferimiento de pagos previsto en el Decreto 0233 de 2020, en concordancia con el Decreto Legislativo 678 de 2020, que aún tengan saldos pendientes de pago u obligaciones en mora, respecto de las obligaciones tributarias en relación con las cuales se autorizó el diferimiento del pago. 



Los recibos de pago se podrán generar ingresando al portal de impuestos a través de la página web www.monteria.gov.co, en el caso del impuesto predial y el impuesto de industria y comercio, el descuento se verá reflejado automáticamente.


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