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Durante la noche de este jueves, 16 de septiembre, se conoció la decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional, la cual por mayoría absoluta otorgó personería jurídica al grupo significativo de ciudadanos constituidos como Colombia Humana.


Esta decisión marca un logro para el líder progresista Gustavo Petro, quien presentó una tutela en contra de varios argumentos del Consejo Nacional Electoral (CNE), el cual negó el pedido del movimiento político que fue solicitado formalmente meses después de los comicios presidenciales de 2018 en donde Petro y Ángela María Robledo, su fórmula vicepresidencial, obtuvieron el segundo lugar con más de 8 millones de votos.


Luego del arduo proceso jurídico, la sentencia quedó con ocho votos a favor y uno en contra. La ponencia fue presentada por el magistrado Alejandro Linares Cantillo, en donde se ordena al CNE otorgar el reconocimiento solicitado por el líder del movimiento político teniendo como argumento el Estatuto de Oposición.


Tal y como había denunciado Petro en reiteradas ocasiones,   dicha entidad había negado el reconocimiento señalando que los requisitos implicaban haber participado en unas elecciones al Congreso y alcanzar el 3 por ciento del total de los votos en dichos comicios, aunque el líder izquierdista y Robledo por virtud del Estatuto de Oposición, obtuvieron escaños en el Congreso y la respectiva credencial por parte del CNE.


La Sala Plena, tras tres jornadas extensas de discusión, encontró que en los procedimientos se desconocieron las garantías de la oposición teniendo como base el artículo 112 de la Constitución.


La decisión final establece que los políticos al haber obtenido una plaza en el Congreso, sí se le debía otorgar a la Colombia Humana la personería jurídica. 

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