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La Alcaldía de Montería, por motivos de la visita de la Vicepresidenta-Canciller, decretó que, para evitar eventuales alteraciones del orden público, brindar seguridad y tranquilidad a todos los monterianos, este martes en la ciudad estarán vigentes las siguientes restricciones fijadas en el Decreto  N. 0933 expedido en las últimas horas:


-Se prohíbe, desde las 06:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. del martes 21 de diciembre, la circulación de motocicletas de cualquier cilindraje con acompañante o parrillero hombre en los siguientes tramos de la ciudad de Montería:


-Vía Cereté - Montería desde aeropuerto Los Garzones hasta la glorieta Mocarí.

-La variante Mocarí, desde la glorieta Mocarí hasta la glorieta de la Terminal de Transporte. 

-Calle 41, desde la glorieta de la Terminal de Transporte hasta la glorieta Monumento a la Ganadería.

-Calle 29, desde la glorieta Monumento a la Ganadería hasta el semáforo La Gallera.

-Calle 29, desde el semáforo La Gallera hasta la carrera 20.

-Carrera 20 entre calle 29 y calle 27.

-Calle 27 entre carreras 20 y 19.

-Carrera 19 entre calles 24 y 29.


-El parqueo de vehículos automotores particulares (carros), se prohíbe dentro de las cinco cuadras a la redonda donde estará ubicada la casa de La Mujer Empoderada en el barrio Pasatiempo de la ciudad de Montería, así como en la ruta de desplazamiento de la caravana vicepresidencial desde las 06:00 a.m. hasta las 07:00 p.m. del martes 21 de diciembre.


-El tránsito de vehículos repartidores de cilindros de gas, vehículos con transporte de escombros y vehículos de trasteo, dentro de la jurisdicción del municipio de Montería queda prohibido desde las 6:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. del martes 21 de diciembre.


-El uso de drones dentro de la jurisdicción del municipio de Montería, también está prohibido desde las 6:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. del martes 21 de diciembre, en un radio de dos kilómetros de la Carrera 19 # 27-83 en el barrio Pasatiempo.

 

Excepciones

Quedan exceptuados de la presente medida los motociclistas miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, personal de seguridad de las entidades del Estado, personal del organismo de socorro, escoltas de los funcionarios del orden nacional, departamental y municipal siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones.


Cabe resaltar que las disposiciones contempladas son de estricto cumplimiento para los habitantes y residentes del municipio de Montería y su incumplimiento dará lugar a la aplicación de las medidas y sanciones establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia ciudadana y Leyes 769 de 2002, modificada por la Ley 1383 de 2010.

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