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En las últimas horas se conoció la decisión emitida por parte del Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería en la que se advierte sobre la negligencia de la administración municipal para dar cumplimiento a un fallo de tutela de diciembre del año 2021, en el que se ordena dar apertura a los grados 10 y 11 en la vereda El Vidrial, con la finalidad de garantizar el derecho a la educación a los estudiantes de la zona.


Puntualmente, en el fallo inicial de la acción de tutela se ordenaba lo siguiente:

“PRIMERO: Tutelar el derecho fundamental a la educación de los estudiantes de las escuelas Educativas El Vidrial y El Floral amenazados por omisiones del municipio de Montería, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.


SEGUNDO: Ordenar al municipio de Montería, que a través de la Secretaría de Educación Municipal y dentro de los seis meses (6) meses siguientes a la notificación de esta providencia, realice las gestiones necesarias ante el Ministerio de Educación Nacional, para la apertura de los grados 10 y 11 en la sede El Vidrial.


TERCERO: Ordenar al municipio de Montería a que asigne de manera permanente una ruta escolar a los estudiantes de los grados 10 y 11 de las escuelas El Vidrial y El Floral para que sean transportados desde sus casas hasta la Institución Educativa Juan XXIII y viceversa, de acuerdo a la jornada escolar que se determine cuando retornen las clases presenciales. Dicha ruta deberá cumplir con los protocolos de bioseguridad para prevenir el contagio del COVID-19.


Cabe resaltar que, el transporte escolar deberá ser garantizado por parte del municipio de Montería hasta la apertura de los grados 10 y 11 de la escuela El Vidrial, y de no aprobarse la apertura de los grados por parte del Ministerio de Educación Nacional, deberá continuarse prestando el servicio de transporte escolar”.


Las demoras que, según la misma comunidad se han dado en este caso fue lo que, justamente, motivó el incidente de desacato que terminó con la sanción impuesta al alcalde de Montería, Carlos Ordosgoitia y su secretaria de Educación, Lina María Cordero, quienes fueron multados con 5 salarios mínimos mensuales legales vigentes.


“Debido a la conducta negligente de la mencionada entidad y su responsabilidad subjetiva, el Despacho impondrá sanción por desacato, equivalente a multa de cinco (05) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de su cancelación, al señor alcalde Carlos Ordosgoitia Sanín o quien haga sus veces, y la señora Lina Cordero Berrío, en su calidad de secretaria de Educación municipal de Montería, o a quien haga sus veces”, se precisa en la decisión del citado juzgado.


En ese sentido se precisa que “dicha sanción es proporcional de acuerdo con los parámetros establecidos por la H. Corte Constitucional en sentencia C-033 de 20145”.


También se dispuso remitir el expediente al Tribunal Administrativo de Córdoba para que surta el grado jurisdiccional de consulta, conforme a lo establecido legalmente.


Frente a esta sanción, La W consultó con el alcalde de esta ciudad, Carlos Ordosgoitia, quien dijo que se encontraría revisando el tema con el área jurídica.

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