La Corte desechó la contrademanda de Colombia con respecto al acceso a la pesca de los raizales de San Andrés en los bancos de pesca ahora de Nicaragua.
"Colombia no ha logrado establecer que los habitantes del archipiélago de San Andrés, especialmente los raizales, disfrutan de derechos de pesca artesanal en las aguas ahora ubicados en la zona exclusiva económica de Nicaragua", indicó el fallo.
En la lectura, llevada a cabo por la presidencia de ese tribunal Jueza Joan E. Donoghue, se indicó que Nicaragua tiene la voluntad de negociar con Colombia un acuerdo con relación al acceso de sus comunidades raizales dentro de las zonas económicas exclusivas de ese país. Según la Corte, la solución más apropiada es un acuerdo bilateral entre las partes
"Colombia ha violado su obligación internacional de respetar los derechos y jurisdicción de Nicaragua sobre zona de económica exclusiva interfiriendo con actividades de pesca e investigación marítima sobre embarcaciones de Nicaragua", indicó la Corte.
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