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El general Eduardo Enrique Zapateiro Altamiranda ganó la batalla jurídica tras la polémica que se armó por las publicaciones que hizo en su cuenta personal de Twitter y en las cuales mencionó al entonces candidato presidencial Gustavo Petro Urrego. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó las pretensiones de la acción popular que buscaba que el comandante del Ejército no hiciera mención o pronunciamiento alguno frente a las elecciones y la contienda política.


Tras considerar que el Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción (IIEA), que presentó la denuncia, no subsanó los errores señalados, el Tribunal rechazó la acción popular en la que se pedía la protección de los derechos e intereses colectivos afectados por las publicaciones del general Zapateiro, entre estos la moralidad pública.


El Instituto citaba que con su actuar se afectaron los derechos políticos de todos los colombianos, puesto que los integrantes de la fuerza pública tienen, por Constitución, totalmente prohibido hacer este tipo de señalamientos. No son deliberantes.


El Instituto pedía que se le ordenara al general Zapateiro guardar silencio sobre el “proceso de elección del próximo presidente de la República en los términos de la Ley 996 de 2005 sobre garantías electorales y el artículo 219 de la Constitución Política”, esto teniendo en cuenta que la acción judicial fue presentada antes de la segunda vuelta presidencial.


Igualmente, se pedía que se le instruyera al oficial para que se abstuviera de apoyar, opinar, comentar, publicar, aludir o insinuar sobre ninguna de las campañas presidenciales, como tampoco hacer mención sobre elementos característicos de la propaganda de alguno de los candidatos.



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