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Siete años y cinco meses de prisión fue la condena impuesta a la influenciadora Aida Victoria Merlano por participar activamente en la fuga de su madre, la excongresista Aida Merlano en hechos registrados en la tarde del 1 de octubre de 2019. La pena obedece a los delitos de favorecimiento de fuga y uso de menores para la comisión de delitos, de los cuales fue absuelto Javier Guillermo Cely, odontólogo que estaba vinculado al caso.


El juez del caso señaló que la excongresista, quien se encuentra en Venezuela desde hace más de dos años, pudo fugarse del consultorio en el Norte de Bogotá gracias a la ayuda de su hija, quien habría distraído a una de las guardias del Inpec de acuerdo con la hipótesis formulada por la Fiscalía. Es por ello que la entidad pidió una condena de 17 años no excarcelables para la influenciadora (de acuerdo con lo que la misma acusada expresó en su cuenta de Instagram el pasado 6 de septiembre), bajo los cargos de favorecimiento de fuga y uso de menores para la comisión de delitos.


Una vez instalada la audiencia a las 2:09 p. m., el juzgado 20 penal del circuito con funciones de conocimiento de Bogotá, empezó a leer la sentencia en la que reiteró el motivo por el cual la excongresista se encontraba en el consultorio odontológico, y describiendo uno por uno quiénes estaban allí. Unos minutos después de que se diera inicio a la lectura de sentencia, la cuenta de Instagram de Aida Victoria fue dada de baja.


“(Aida Victoria y su hermano) habrían ingresado materiales para que su madre materializara la fuga”, sentenció el juez, añadiendo que los elementos para el escape se guardaron en un maletín negro que el hermano de Aida Victoria dejó en el baño del consultorio. Este bolso fue el que después cogió la excongresista y del que habrían salido la cuerda y los guantes utilizados para escapar por la ventana del consultorio.


Siguiendo la lectura del fallo, el juez aseguró que en los alegatos, el abogado defensor Miguel Ángel del Río sostuvo que el bando acusador no acreditó de manera apropiada los delitos por los que su cliente era acusada.


A continuación, explicó las consideraciones que le permitieron emitir una condena, aunque hizo claridad en que solo se tomaron en cuenta los elementos valorados en el juicio. Por lo tanto, los videos grabados en el consultorio no fueron considerados argumentandose que eran violatorios a la intimidad. Asimismo, ratificó la absolución del odontólogo Mauricio Andrés Isaza, por su supuesta participación en el escape de Merlano.


Al referirse a la situación de Aida Victoria, el juez aseveró que el uso de la soga y guantes por parte de su mamá, se dio después de que fueron adquiridos con mucho tiempo de antelación. “En esa medida, lo que se advertía era un acuerdo de coautoría”, leyó el juez.


Este es el argumento que el juez considera como demostrativo para hablar de una coautoría de Aida Victoria y no de una mera complicidad con su mamá, pues “diferente es si el objeto de reproche hubiera consistido en haber distraído la atención de la guardiana para favorecer la fuga”.


“Se descarta que los elementos propios del escape hayan sido ingresados en bolsas de comida e ingresaron en un maletín negro que portaba Esteban José Rebolledo y de lo que tenía total conocimiento Aida Victoria Merlano”, argumentó el despacho. También añadió que “dichos elementos quedaron dispuestos para Aida Merlano en el baño del consultorio odontológico. Dejados allí por Aida Victoria Merlano”.


Otro de los elementos clave en el juicio contra Aida Victoria estuvo en el testimonio de la guardiana encargada de custodiar a Merlano Rebolledo, quien manifestó en sus declaraciones que no vio nada inusual en el estómago de la excongresista. Esto debido a que una de las hipótesis de cómo se produjo la fuga era que la soga, los guantes y una peluca irían colgando en su abdomen.


Terminado el recuento de cómo fueron los alegatos finales, el juez dictó sentencia contra Aida Victoria Merlano, leyendo los años que tendrá que pagar por los dos delitos de los que fue acusada.


“Aida Victoria actuó con comportamiento antijurídico, por lo tanto se le formulará sentencia condenatoria”, explicó el juez, dictando una sentencia de siete años y cinco meses y dando por terminada la sesión a las 3:30 p.m.


De momento queda pendiente la resolución de otro lio judicial, tras figurar como representante legal de una empresa constituida por su padre biológico, José Antonio Manzaneda Vergara, y que estaría involucrada en compra de votos en el departamento del Atlántico durante las elecciones presidenciales de 2018. En este caso, la Fiscalía le imputó cargos por lavado de activos y enriquecimiento ilícito.


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