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Esta semana, el presidente Gustavo Petro firmó un decreto que revoca el decreto 1844 de 2018, el cual reglamentaban el procedimiento policial en relación con la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas.


El decreto ahora derogado establecía el protocolo para la verificación e incautación de sustancias estupefacientes y definía el procedimiento en casos de comportamientos contrarios a la convivencia relacionados con el porte de estas sustancias.


La nueva medida del Gobierno busca evitar "la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de medidas correctivas" y "contrarrestar y atacar" la oferta de estas sustancias.


Fuentes de la Policía han señalado que aún no han recibido órdenes para cambiar el procedimiento y que sus asesores jurídicos analizarán el nuevo decreto.


En mayo, la Corte Constitucional permitió el porte de la dosis mínima de estupefacientes para consumo propio o de la dosis medicada en parques y espacios públicos. Sin embargo, determinó que su consumo dependerá de las definiciones expresas de los concejos municipales y asambleas sobre en qué áreas específicas sí se puede realizar y en cuáles no.


La restricción del porte de sustancias psicoactivas en los parques y espacios públicos se mantiene si su fin es diferente al consumo de la dosis mínima, la dosis medicada o aprovisionamiento.

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