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Decisión judicial anula sanción por caso de corrupción

La Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado ha suspendido provisionalmente la sanción de destitución e inhabilidad por 10 años impuesta por la Procuraduría General de la Nación al exgobernador de Córdoba, Edwin Besaile Fayad. 


Esta decisión se basa en la violación de sus derechos políticos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.


Besaile fue elegido gobernador de Córdoba para el período 2016-2019, en medio de acusaciones de corrupción relacionadas con el llamado "Cartel de la Hemofilia". Se le acusó de recibir millones de pesos de Alejandro Lyons, su predecesor en el cargo, quien confesó haber desviado fondos públicos. La Procuraduría lo destituyó e inhabilitó en enero de 2019, pero Besaile impugnó la decisión ante el Consejo de Estado.


El Consejo de Estado determinó que las decisiones que imponen sanciones a funcionarios elegidos popularmente violan las garantías judiciales y el principio de jurisdiccionalidad establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, consideró que la autoridad administrativa carece de competencia para establecer e imponer la inhabilidad política.


Se realizó un control de convencionalidad entre la legislación colombiana y la Convención Americana, concluyendo que las sanciones impuestas por autoridades administrativas son contrarias a esta última, que solo permite la restricción de derechos políticos mediante una condena en un proceso penal.


La decisión constituye un precedente sobre los alcances del poder disciplinario frente a los derechos políticos de los servidores públicos de elección popular, priorizando el derecho internacional sobre el ordenamiento jurídico colombiano

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