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Juzgado de Montería rechazó la solicitud del padre del candidato presidencial para que el presidente retire los videos y se retracte; aún puede apelar en segunda instancia.

En dos trinos publicados el 14 y 17 de noviembre, el presidente Gustavo Petro compartió videos en los que aparecían Abelardo de La Espriella Juris, padre del candidato presidencial Abelardo de La Espriella, y José “Ñeñe” Hernández, ganadero investigado por narcotráfico al momento de su muerte en 2019.


Petro acompañó los videos con mensajes que aludían a la campaña presidencial de De La Espriella, señalando presuntos vínculos con el narcotráfico y el paramilitarismo. En respuesta, Abelardo de La Espriella Juris presentó una acción de tutela solicitando que los videos fueran retirados y que Petro ofreciera excusas públicas.


El juzgado de Montería negó la tutela, argumentando que existen otros mecanismos judiciales para buscar la retractación o eliminación de los comentarios y que no se acreditó un perjuicio irremediable que justificara el amparo inmediato.


“Establecido que no ejerció la parte accionante todos los mecanismos judiciales ordinarios a su cargo, para hacer valer los derechos estimados vulnerados y en el presente asunto no se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable, es imperativo declarar la improcedencia del amparo suplicado”, señala el fallo de primera instancia.


Abelardo de La Espriella aún puede impugnar la decisión y buscar un fallo favorable en segunda instancia.


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