| Los hechos se remontan al 28 de abril de 2021, en medio de las manifestaciones del Paro Nacional |
La decisión judicial marca un precedente en Colombia al sancionar a un uniformado por causar daños oculares permanentes durante el Paro Nacional de 2021.
Este lunes 6 de abril de 2026, un fallo judicial marcó un punto clave en la responsabilidad de los agentes del antiguo Esmad, hoy transformado en la Unidad Nacional de Diálogo y Mantenimiento del Orden, frente a los hechos ocurridos en protestas sociales.
El Juzgado 64 Penal condenó a 84 meses de prisión (7 años) al patrullero Danilo José Núñez Zabaleta, tras hallarlo culpable de accionar su arma sin respetar los principios de legalidad y proporcionalidad.
Los hechos se remontan al 28 de abril de 2021, en medio de las manifestaciones del Paro Nacional, cuando la joven Leidy Natalia Cadena Torres fue impactada en el rostro, lo que le causó la pérdida total de visión en su ojo derecho.
Durante el proceso, testigos presenciales resultaron clave para identificar al uniformado, incluso uno de ellos logró registrar el número del agente que disparó, lo que permitió establecer su responsabilidad.
Además de la pena de prisión, el condenado deberá cumplir la sanción en centro carcelario, quedó inhabilitado para ejercer cargos públicos por siete años y deberá pagar una multa superior a 24 salarios mínimos.
Esta sentencia es considerada histórica, al convertirse en una de las primeras en Colombia que responsabiliza penalmente a un agente del Esmad por lesiones oculares permanentes en el contexto de manifestaciones.

No hay comentarios:
Publicar un comentario