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Las autoridades sostienen que la normativa busca proteger la salud pública, reducir el impacto del ruido 
Con la entrada en vigencia de la Ley 2450 de 2025, las autoridades podrán sancionar e inmovilizar motocicletas que superen los niveles permitidos de ruido o tengan escapes modificados.


En Colombia comenzó a regir la Ley 2450 de 2025, una norma orientada a reducir la contaminación auditiva y fortalecer la convivencia ciudadana en las principales ciudades del país.


La disposición establece que las motocicletas no podrán superar los 86 decibeles de ruido. En ese sentido, los conductores que modifiquen el sistema de escape o el silenciador para aumentar el sonido del vehículo se exponen a multas que pueden alcanzar los $1.208.000, además de la inmovilización del automotor.


La medida responde a las constantes quejas de la ciudadanía por el ruido generado por motocicletas con mofles alterados, una problemática que se ha vuelto frecuente en zonas residenciales y comerciales, afectando el descanso y la tranquilidad de los habitantes.


Aunque algunos sectores de motociclistas han expresado reparos frente a la decisión, las autoridades sostienen que la normativa busca proteger la salud pública, reducir el impacto del ruido en el entorno urbano y promover una mejor convivencia.


La aplicación de la ley estará acompañada por la Política Nacional de Calidad Acústica, cuya implementación está prevista entre 2026 y 2027. Sin embargo, en varias ciudades del país ya se vienen realizando controles para verificar el cumplimiento de los límites de ruido establecidos.

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