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La demanda sostenía que la inscripción del aspirante vulneraba varios artículos de la Constitución Política
La Sección Quinta del Consejo de Estado rechazó una demanda que buscaba anular la inscripción de Abelardo Gabriel De La Espriella Otero como candidato a la Presidencia de la República.


La decisión fue adoptada mediante un auto fechado el 11 de junio de 2026, en el que el alto tribunal concluyó que el acto de inscripción de una candidatura no puede ser objeto de control judicial directo, debido a que se trata de un acto de trámite dentro del proceso electoral.


La demanda sostenía que la inscripción del aspirante vulneraba varios artículos de la Constitución Política, al señalar que mantiene vigente la nacionalidad estadounidense y conserva además la nacionalidad italiana, sin haber renunciado a ellas.


Sin embargo, el despacho precisó que la inscripción de una candidatura no constituye una decisión administrativa definitiva, sino una actuación previa al proceso electoral que culmina con la eventual declaración de elección.


En ese sentido, el Consejo de Estado explicó que cualquier cuestionamiento relacionado con la validez de la candidatura solo podría ser analizado dentro de una demanda contra el acto final de elección, y no de manera independiente contra la inscripción.


Con esta decisión, la candidatura presidencial de De La Espriella continúa su curso dentro del calendario electoral, mientras el alto tribunal deja claro que los reparos sobre la legalidad de una inscripción deberán ser examinados, en caso de ser procedentes, junto con el acto que declare la elección.

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