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El Juzgado 126 Penal Municipal de Bogotá le dio 48 horas a la Fundación Colombia Luz y Sonrisas para entregar información detallada sobre los recursos recibidos tras el terremoto del 10 de agosto. La decisión respondió a una tutela presentada por el senador Alejandro Ocampo.


La Fundación Colombia Luz y Sonrisas, presidida por la primera dama Ana Lucía Pineda, deberá ampliar la información sobre el manejo de los recursos y las ayudas recibidas después del terremoto del 10 de agosto, luego de que un juzgado de Bogotá considerara insuficientes las respuestas entregadas a una solicitud de información.


La decisión judicial amparó el derecho de petición del senador Alejandro Ocampo y estableció un plazo de 48 horas para que la entidad responda de manera detallada sobre el destino de las donaciones canalizadas mediante la campaña Colombia, un solo corazón, promovida por la Presidencia.


Según el balance presentado por la fundación el 16 de octubre, la entidad administró $54.589 millones, reportó $11,9 millones en gastos operativos y distribuyó 5.652 toneladas de ayuda en 80 municipios.


Entre los puntos que deberá aclarar están los posibles aportes realizados por contratistas del Estado, el seguimiento a una donación destinada a colegios y centros de salud en Cali, la periodicidad de sus balances financieros y el avalúo de las ayudas entregadas en especie.


También tendrá que informar si se registraron pérdidas, deterioros o destrucciones de bienes donados y aportar los documentos que respalden la información financiera presentada.


Aunque la DIAN certificó que la fundación pertenece al Régimen Tributario Especial y que no manejó recursos públicos, el juzgado consideró que su naturaleza privada no la exime de responder las preguntas relacionadas con las donaciones recibidas y su utilización.


El fallo no sanciona a Ana Lucía Pineda ni establece que se hayan desviado recursos. La decisión se limita a exigir respuestas completas y documentación de respaldo, en cumplimiento del derecho de petición.


La fundación deberá remitir la información solicitada dentro del plazo establecido. De incumplir la orden, podría enfrentar un eventual incidente de desacato.

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