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Del 17 al 25 de febrero más de 1.650.000 beneficiarios podrán reclamar la transferencia monetaria que corresponde a enero. El Gobierno nacional dispuso de más de $143.000 millones para el pago de este subsidio.


Prosperidad Social anunció que desde el jueves 17 de este mes realizará la primera transferencia monetaria del año para los beneficiarios del programa de Protección Social al Adulto Mayor incluidos en el programa Colombia Mayor.


Cada beneficiario del programa recibirá 80.000 pesos, correspondientes a la transferencia de enero. Estará disponible hasta el viernes 25 de febrero; para este primer pago, el Gobierno anunció que dispuso de una cifra superior a los 143.000 millones de pesos.


“Al inicio de cada vigencia se debe realizar un proceso de asignación presupuestal para el programa, por parte del Ministerio de Hacienda y del Fondo de Solidaridad Pensional”, señaló Susana Corre directora de Prosperidad Social.  Los pagos de enero y febrero se realizan en febrero. “El cronograma del año en curso se ajusta para el pago mensual”, dijo la funcionaria.


La transferencia monetaria del subsidio se podrá hacer en los más de 27.000 puntos del operador Matrix Sured y sus aliados. La firma está encargada de la entrega del subsidio en todos los municipios del país.


En el siguiente enlace está el listado de los puntos de pago por municipio: https://prosperidadsocial.gov.co/colombia-mayor/


El pago del subsidio a través de un tercero, autorizado por el beneficiario, se podrá hacer por medio de poder autenticado ante juez o notario, o del proceso de avalados conocido e implementado por las alcaldías. Para estos casos, se verificará que el beneficiario esté registrado en el listado de pagos enviado por Prosperidad Social, indicó la entidad estatal.


La persona autorizada para reclamar el subsidio del programa Adulto Mayor para los titulares que no puedan asistir al cobro deberá presentar ante el operador del pago la cédula de ciudadanía original y la del beneficiario titular del programa, llevar una fotocopia de la cédula de ciudadanía del beneficiario, lo mismo que el poder o la autorización original, cuya vigencia no puede ser mayor a treinta días, contados a partir de la fecha de su autenticación o firma, explicó Prosperidad Social.

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