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El alto tribunal falló a favor del presidente con una votación reñida de cinco contra cuatro, al considerar que solo dicha Comisión puede investigarlo por su fuero.

El presidente Gustavo Petro obtuvo un triunfo jurídico clave: la Corte Constitucional falló una tutela a su favor y determinó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no tiene competencia para investigarlo por presuntas irregularidades en la financiación de su campaña presidencial de 2022.


Con una votación de cinco magistrados contra cuatro, el alto tribunal ordenó al CNE remitir en un plazo de cinco días el expediente a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, órgano que por fuero constitucional es el único autorizado para investigar al presidente en ejercicio.


Desde agosto de 2024, el CNE adelantaba una investigación formal contra Petro, tras una decisión del Consejo de Estado que le había dado luz verde para examinar presuntas violaciones a los topes electorales y posibles ingresos de fuentes ilícitas.


La Corte, sin embargo, concluyó que el fuero presidencial impide que el CNE formule cargos directamente contra el mandatario. En su fallo, también ratificó que este organismo sí puede investigar a partidos, movimientos, campañas y candidatos —excepto al presidente de la República— cuando se trata de campañas presidenciales o interpartidistas.


El debate jurídico no estuvo exento de controversias. La tutela fue seleccionada por el magistrado Vladimir Fernández, quien antes de llegar al alto tribunal fue secretario jurídico del propio presidente Petro. Pese a las críticas, Fernández presentó la ponencia que ganó el respaldo mayoritario en Sala Plena.


Este fallo tumba la interpretación previa del Consejo de Estado y marca un precedente frente a los límites de competencia del CNE en relación con el jefe de Estado, reforzando la tesis de que solo la Comisión de Acusación puede adelantar investigaciones contra el presidente por hechos relacionados con su campaña.


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