| La acción judicial cuestiona la Resolución 327 de septiembre de 2025 por exceder competencias legales y excluir a las víctimas en procesos de reconciliación |
Según el escrito judicial, la resolución vulnera la Ley 975 de 2005 (Justicia y Paz) y el Decreto 1175 de 2016, al asignar funciones que no están previstas por la normativa, como elaborar balances sobre los avances de la Ley de Justicia y Paz y formular recomendaciones institucionales para su cierre definitivo. La Defensoría sostiene que estas funciones exceden las competencias legales de los gestores de paz.
El documento también advierte que la medida excluye la participación de las víctimas en el diseño y evaluación de las actividades, lo que constituye una violación de sus derechos en el marco de la justicia transicional. Además, varios de los exparamilitares designados han sido extraditados, condenados o excluidos de Justicia y Paz por incumplir compromisos de verdad y no repetición, lo que aumenta el riesgo de revictimización simbólica.
La defensora del pueblo, Iris Marín, afirmó que la resolución desnaturaliza la política de paz al aplicar una figura concebida para diálogos con actores armados activos a organizaciones ya desmovilizadas. Según la Defensoría, esto genera incertidumbre jurídica sobre los límites de las facultades presidenciales y afecta la confianza ciudadana en las instituciones.
La demanda solicita la suspensión provisional de la resolución y que el Consejo de Estado declare su nulidad, con el fin de preservar la coherencia de la política pública de paz y garantizar los derechos de las víctimas, evitando que excomandantes paramilitares responsables de crímenes de lesa humanidad tengan un rol de interlocución oficial en procesos de reconciliación.

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