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| El Tribunal sostuvo que no se configuró ningún error judicial que justificara la tutela, enfatizando que la investigación penal continúa |
El Tribunal Superior de Montería -Sala Constitucional Ad hoc- negó, por improcedente, una acción de tutela que buscaba amparo constitucional para Cristián Petro Almanza y Juan Soto Garcés, procesados por su presunta participación en la masacre ocurrida en Chimá, Córdoba, en la que fueron asesinados el ganadero Esteban Urueta González y sus mayordomos Fredy Manuel Beleño y Gerardo de los Santos Marzola.
La defensa alegó una supuesta violación al debido proceso, argumentando que los Juzgados Primero Promiscuo Municipal de Sahagún y Promiscuo del Circuito de Chinú habían negado la solicitud de búsqueda selectiva en bases de datos para obtener información privada del fallecido Esteban Urueta, decisión que calificaron como carente de motivación.
No obstante, el Tribunal sostuvo que no se configuró ningún error judicial que justificara la tutela, enfatizando que la investigación penal continúa en curso y que esta acción no puede usarse como un mecanismo paralelo a los medios ordinarios de defensa dentro del proceso.
“No puede pretender el apoderado judicial mediante esta acción de tutela adelantar un debate que es propio del juez ordinario, mucho menos cuando no se demostró un perjuicio irremediable que hiciera procedente el amparo”, precisó la Sala en su decisión.
Pese al fallo, aún no se ha definido la fecha para la audiencia preparatoria ante el Juzgado Penal del Circuito de Sahagún, donde avanza el proceso principal.
Cabe recordar que Petro Almanza y Soto Garcés permanecen privados de la libertad por otra investigación relacionada con los hechos de Chimá, esta vez por el delito de abigeato.
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