| La magistrada cuestionó la exclusión de interceptaciones telefónicas, argumentando que fueron obtenidas legalmente |
Tras la absolución del expresidente Álvaro Uribe Vélez por el Tribunal Superior de Bogotá en los delitos de soborno a testigos y fraude procesal, la magistrada Leonor Oviedo presentó su salvamento de voto, en el que explica por qué considera que Uribe debió ser condenado.
Oviedo discrepó con sus colegas al considerar que existían pruebas suficientes que señalaban la participación de Uribe en los delitos mencionados. La magistrada cuestionó la exclusión de interceptaciones telefónicas, argumentando que fueron obtenidas legalmente bajo la Ley 600 de 2000 y con autorización de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, por lo que debieron ser valoradas en el proceso.
Sobre el delito de soborno en actuación penal, Oviedo destacó que existió un plan estructurado para alterar los testimonios de exparamilitares, específicamente en los casos de Monsalve, alias “Víctor” y alias “Diana”. Señaló que reuniones del abogado Diego Cadena, en representación de Uribe, ofrecieron beneficios para modificar declaraciones, lo que constituye un mecanismo de presión y soborno.
La magistrada señaló que la postura de Uribe de “querer que se dijera la verdad” se interpretó en el contexto del proceso como un intento de coaccionar a los testigos. Oviedo concluyó que la evidencia probatoria respaldaba la configuración de los delitos y que, en su opinión, la absolución del expresidente no reflejó el conjunto de pruebas presentadas.

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