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El despacho concluyó que las declaraciones del presidente fueron opiniones personales y que los accionantes no demostraron una vulneración concreta a la libertad religiosa.

Un juez de Medellín negó la acción de tutela presentada por un grupo de ciudadanos y una corporación que buscaban obligar al presidente Gustavo Petro a ofrecer disculpas públicas por sus declaraciones sobre Jesús y María Magdalena, pronunciadas durante un evento oficial en Bogotá.


Los accionantes argumentaban que las palabras del mandatario vulneraron derechos fundamentales como la libertad religiosa, la libertad de cultos y la dignidad humana, además de contrariar el principio de laicidad del Estado. Sin embargo, el despacho judicial determinó que las afirmaciones del jefe de Estado correspondieron a opiniones personales y no configuraron una actuación estatal que afectara de forma directa esos derechos.


La controversia se originó el 27 de enero, durante la reapertura del Hospital San Juan de Dios, cuando el presidente hizo una reflexión sobre la figura de Jesucristo que generó rechazo en distintos sectores religiosos.


En la sentencia, el juez explicó que la libertad religiosa protege garantías concretas como profesar o cambiar de religión, practicar cultos y no ser obligado a actuar contra la propia conciencia. No obstante, concluyó que en este caso no se demostró que los accionantes hubieran sido impedidos de practicar su fe ni presionados para modificar sus creencias.


Asimismo, indicó que las palabras del presidente no constituyeron un acto administrativo, una orden estatal, una política pública ni la imposición de un credo religioso. El fallo también señaló que el malestar o el desacuerdo frente a una opinión no equivale automáticamente a una vulneración constitucional.


Tras la polémica, la Conferencia Episcopal de Colombia pidió respeto por la fe y la libertad religiosa. En un comunicado, los obispos recordaron que para los creyentes Jesucristo es el Hijo de Dios y que su figura reclama respeto y adoración, al tiempo que señalaron que ningún funcionario está llamado a emitir conceptos teológicos sobre las convicciones de los ciudadanos.

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