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Por: Jairo Torres Oviedo


El pasado 16 de diciembre del año 2020 se   escribió la historia de una renuncia que impactó y conmocionó a todos los estamentos de la Universidad de Córdoba. La conmoción no solo fue al interior de esta Institución; también, a un amplio sector de la sociedad colombiana.


El protagonista y personaje principal de la misma, fue el ex rector de Unicórdoba; en ese momento, presidente del Sistema Universitario Estatal a nivel nacional. Pero, por qué el rector renunció asumir la responsabilidad de dirigir por segunda vez los destinos del alma mater de los cordobeses; sobre todo, cuando su designación contó con un gran respaldo de los miembros de la comunidad universitaria, quienes en la consulta votaron de manera masiva; algo nunca antes visto en la historia de la Universidad.


Igualmente, este rector permitió alcanzar resultados transformadores en materia misional y administrativa. Además, logró lo impensado, garantizar la gratuidad de la matrícula para todos los estudiantes de Unicórdoba; en esa misma dirección, convertir en un modelo nacional esta labor social.


En este orden de ideas, tratemos de dar una mirada retrospectiva al transcurso del tiempo para encontrar las razones que motivaron esta decisión.


El pasado 2 de septiembre, el Consejo Superior con 8 votos a favor y una abstención, designó al rector de la Universidad de Córdoba para el período 2020-2025; misión que debió iniciar el pasado 18 de diciembre. Desde el mismo momento en que se dio la designación del rector, se desplegó una desmedida argucia jurídica por parte de los candidatos perdedores, quienes interpusieron dos demandas de nulidad del acto de designación de rector ante la sección quinta del Consejo de Estado y una tutela ante el Tribunal Administrativo de Córdoba.


Toda esta estratagema jurídica respondía a una nueva forma de división del trabajo; donde en el pasado se dedicó en desestabilizar la institucionalidad a través de la manipulación de los estamentos universitarios en contra del rector y la administración de turno. Pues bien, en este caso, no sucedió de esa forma, debido al avanzado grado de debilitamiento de estas fuerzas politiqueras moribundas que con pequeños reductos, aun anida en la universidad.


En este sentido, la estrategia puesta en marcha tenía como propósito impedir que el rector iniciara su segundo período; por ello, las demandas impetradas solicitaban medidas cautelares; pero, lo interesante de estas acciones jurídica; fue la rapidez con que crearon el efecto deseado y el argumento jurídico para decretar la medida cautelar: “se demostró que el demandado postuló al señor Nicolas Martínez Humanez como decano de la Facultad de MVZ y luego este participó en el acto de elección ahora cuestionado, la sala encuentra probada la vulneración del artículo 126 de la Carta política en el caso concreto”.


Lo complejo y discutible de este fallo de medida cautelar es que se desconoce la autonomía universitaria, debido a que la postulación de la terna para decanos la establece el Estatuto General de la Universidad de la época; en este caso, año 2016 y, quien lo designa es el Consejo Superior. Con este precedente normativo del Consejo de Estado, estarían en riesgo muchos rectores de las universidades públicas de Colombia.


En mi calidad de abogado, profesor y ciudadano respetuoso del Estado de derecho, el cual he defendido, seguiré defendiendo y acatando sus fallos; no quiere decir, que no pueda controvertir u opinar sobre los mismos. Una vez comunicada la Universidad del fallo de medida cautelar y el efecto de suspender el Acto administrativo que designó al rector; lo que a la vez truncaba un nuevo período institucional y la continuidad de procesos misionales, administrativos y financieros que permitieron construir un modelo de gestión universitaria moderno, con resultados evidentes; pero, sobre todo,  pensando en la estabilidad y gobernabilidad institucional; decide renunciar al mandato de los estamentos expresado en la consulta y, a la confianza del Consejo Superior que me designó.


Después de presentada la renuncia ante el máximo órgano de gobierno de la Universidad, este procedió a admitirla, para más tarde, designar un rector encargado que, de acuerdo con el Artículo 21 del acuerdo No 270 de 2017, en su Numeral 10 consagró que una de las funciones del Consejo Superior es designar rector encargado por ausencia definitiva del titular, convocando de manera inmediata un nuevo proceso eleccionario en un término no superior a 10 días hábiles.


Estas razones jurídicas e institucionales soportan y justifican la decisión de renuncia al segundo período institucional como rector de la Universidad de córdoba. Cuya decisión preserva la institucionalidad representada en normas, acuerdos, estatutos y Consejo Superior, como gobierno universitario donde tienen representación los estamentos universitarios, gobierno departamental y nacional; quienes, impidieron la estrategia impulsada por aciagos personajes al servicio de un sector de la politiquería que representan y encarnan el pasado que empobreció y degradó a los habitantes de este Departamento.


Estos sujetos representan una vergüenza para el pensamiento y racionalidad universitaria. Hacen parte de una falaz procreación que nunca ha conocido la libertad, carentes de autonomía, quienes no superaron el proceso de hominización y, muchos menos alcanzaron la mayoría de edad kantiana; no son más que, una infecunda generación utilizada por la politiquería, condenados a una especie de lealtades primarias de dependencia y control perpetuo. Ha sido tal la enajenación mental que, aún no son conscientes de estar sirviendo al insoslayable fracaso de funestas y oscuras acciones politiqueras, a una fuerza desahuciada y agonizante, condenada al ostracismo político, fácil de detectar y percibir por su olor nauseabundo; que en el estertor del ocaso gozan destruyendo todo lo que encuentra a su paso. ¡seguiremos transformando e impidiendo el regreso del pasado!

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